miércoles, 4 de agosto de 2010

ANTECEDENTES

A principios de 1990 todo había cambiado. La globalización la revolución tecnológica de la información, el fin de la guerra fría y la emergencia de la economía universal por primera vez desde 1914 dieron un impulso para un debate mundial sobre las normas fundamentales del trabajo.

Con el debate resulto evidente que el crecimiento económico por si solo no era suficiente. Cuando se dio la globalización que la internacionalización, la tecnología, la economía de mercado y la democratización, proporcionaría los elementos esenciales para el crecimiento, el empleo y el bienestar.

Los indicadores revelaron que el crecimiento iba desigual tanto de los países como fuera de ellos. La pobreza, la injusticia social seguía existiendo y aumento las desigualdades. En 1960 el PIB se dio cuenta que 20 países eran 18 veces más ricos. En 1995 era 37 veces más alto. Aumento las exportaciones de los países en desarrollo. En el mundo, el número de personas que viven con menos de un dólar por día esto no vario en el decenio de 1990.

La preocupación que origino esta situación dio lugar a un debate sobre el comercio y las normas laborales cuando se creó la organización mundial del comercio en 1994. En la misma época se comenzó un extenso examen de las cuestiones relacionadas con las normas.

En 1995, la cubre mundial de las naciones unidas acordó una serie de compromisos que definieron un nuevo campo de acción. La cumbre ofrecía la oportunidad de desarrollar el consenso social que da sustentabilidad al consenso político y económico e introduce la fraternidad y la solidaridad como un componente esencial de las relaciones humanas

El tercer compromiso de la cumbre afirma que el empleo es una prioridad básica. Además los agentes en proteger acordaron que los derechos básicos de las trabajadores y con ese fin promover “la observación de los convenios permitentes de la organización internacional del trabajo”

Estas afirmaciones preparo el terreno para la elaboración de la declaración de la OIT de los principios y derechos del trabajo. Este proceso fue respaldado por la conferencia ministerial de la recientemente creada OMC, celebrada en 1996 en Singapur. Además de afirmar las normas fundamentales del trabajo los ministros de comercio señalaron que estas eran de las competencias de la OIT. El mismo año, un importante estudio de la OCDE sobre las normas laborales aporto mas en este sentido.

En junio de 1998, los representantes de los gobiernos y los trabajadores, reunidos en la CIT tomaron una medida histórica al adoptar la declaración. El director general, declaro lo siguiente:”la OIT asume las tareas que le ha encomendado la comunidad internacional, adoptando a tal efecto. Así la OIT esta en condiciones de abordar con optimismo el nuevo siglo que se acerca”.

HISTORIA

1919 la constitución de la OIT fue redactada por la comisión de legislación internacional del trabajo instituida por la conferencia de la paz, que marco el fin de la primera guerra mundial. La constitución, incorporada en el trabajo de Versalles declara que:” la paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social”.

1944 la declaración de filadelfia extiende el alcance de la constitución, ampliando el mandato de la organización mas allá de la mejora de las condiciones de trabajo. Reconoce los derechos de todos los seres humanos de perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual.

1946 la OIT se convierte en un organismo especial de la ONU que acaba de ser creada. La carta de las naciones unidas, redactada por representantes de 50 países, había sido firmada el año anterior, en respuesta a las peticiones de crear una organización encargada de la paz y la seguridad.

1995 la cumbre mundial de las naciones unidas sobre desarrollo social celebrada en Copenhague declara que 4 categorías de principios y derechos en el trabajo son fundamentales. La cumbre reunió a los representantes de estados con el fin de abordar le creciente preocupación sobre la seguridad de las personas.

1996 con ocasión de la conferencia ministerial de la OMC, celebrada en 1996 en Singapur, los ministro de comercio renuevan el compromisos de sus países de observar las normas del trabajo, reconocen que la OIT es competente para establecer y aplicar las normas. Los ministros declarar que el desarrollo del país pueden contribuir a dichas normas. Estas declaraciones fueron hechas en momento que tenia lugar una clausula social. En este mismo año un estudio de OCDE sobre comercio respalda las normas desde este punto de vista económico, al señalar que dichas normas pueden estimulas el desarrollo económico y por consiguiente obran en interés todos los trabajadores

1997 al dirigirse a la audiencia de la CIT, el director general hace un llamado para fortalecer las funciones que fijan los estándares de la OIT. Señala solamente que reafirme el respeto universal hacia los derechos humanos.

1998 la CIT adopta la declaración de la OIT relativa a los principios y derechos del trabajo y su seguimiento. La declaración compromete a todos los miembros de la OIT, hayan o no ratificado los convenios pertinentes, a respetar los principios de las 4 categorías mencionadas:

§ la libertad de asociación y la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva
§ la eliminación del trabajo forzoso
§ la abolición del trabajo infantil
§ la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación

1999 la CIT adopta unánimemente otro instrumento que trata de estos derechos fundamentales, lo que lleva a 8 el numero de convenios abarcados por la declaración. Por primera vez, el nuevo convenio describe las peores formas de trabajo infantil. en la alocución que pronuncio ante la conferencia, el presidente de estados unidos declaro que el convenio era un regalo para nuestros niños, en octubre se creo el programa InFocus sobre la promoción de la declaración con el cometido de llevar a cabo actividades promocionales. Poco después, comienza a realizarse actividades de cooperación técnica en varios países.

2000 los procedimientos de la declaración, de vital importancia, se concretizan con el representante del primer examen anual al concejo de la administración de la OIT. El seguimiento obliga a los miembros que no han ratificado los convenios a informar a la OIT sobre su situación respecto a los principios y derechos considerados. Además los estados informan sobre los esfuerzos para garantizar la aplicación de los derechos. El primero de los informes globales visto en el seguimiento sobre la libertad de asociación y la libertad sindical.

2001 la OIT recomienda la creación de un programa de acción especial para combatir el trabajo forzoso. Actualmente, el programa realiza investigaciones para la técnica de colaboración de los gobiernos.

ACERCA DE LA DECLARACION

La declaración de la OIT tiene por objetivo lograr que le progreso social vaya a la par con en económico y el desarrollo. Es un instrumento mediante el cual los mandates de la OIT reafirmen los principios fundamentales consagrados en la constitución de la organización.

En 1998, la declaración compromete a los estados miembros a respetar los principios de derechos comprometidos en cuatro categorías, hayan o no ratificaciones los convenios.

La declaración establece que estos derechos son universales y se aplica a todas las personas, independientemente el nivel de desarrollo económico. Reconoce que el crecimiento económico por si solo no es suficiente para conseguir la equidad y radicar la pobreza.

Un procedimiento respalda este compromiso. Los estados miembros que no han ratificado los convenios fundamentales deben presentar una memoria sobre las normas consideradas los obstáculos que impiden la ratificación y loa ámbitos en los que necesitarían asistencia.

La declaración ofrece a los países 3 modalidades de ayuda para cumplir plenamente el objetivo en primer lugar se realiza un examen anual de la memorias comunicadas por los países. Este proceso de presentación de memorias da a los gobiernos oportunidad de exponer las medidas que an tomado y ofrece a las organizaciones la posibilidad de expresas sus opiniones.

En segundo lugar, el informe global da, todos los años da una imagen de la situación en que se encuentran las normas de la declaración. Este informe proporciona una visión objetiva de las tendencias mundiales con respecto a la declaración. Esto sirve da base para fijar prioridades en materia de cooperación técnica.los proyectos de la cooperación técnica en este ámbito, tercera modalidad para dar efecto a la declaración, atiende las necesidades relacionadas con la declaración y fortalecer las capacidades locales facilitando la aplicación de los principios .

DECLARACIÓN DE LA OIT RELATIVA A LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO Y SU SEGUIMIENTO

Considerando que la creación de la OIT fue para la justicia social y garantizar la paz universal; para equilibrar la economía y erradicar la pobreza, que promueva políticas sociales solidas y la justicia. La OIT debe hoy más que nunca movilizar el conjunto de sus medios de acción normativa, de cooperación técnica y de investigación de todos los ámbitos, a fin de que en el marco de una estrategia el desarrollo se refuerce mutuamente en un desarrollo sostenible de base amplia; la OIT debería prestar mas atención as los problemas de la sociedad, la OIT debe solucionarle los problemas y promover políticas eficaces a la creación de empleo.

El objetivo de la OIT es mantener el vínculo entre el progreso social y crecimiento económico, la garantía de las normas del trabajo reviste una cooperativa técnica, y así ver el desarrollo plenamente de la sociedad; la OIT es una organización internacional que se encarga de la normas de trabajo como expresión de sus principios constitucionales.

CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

1. recuerda:

· que la OIT, todos los miembros han aceptados las normas dichas en la constitución y en la declaración de filadelfia, y es han comprometido a lograr los objetivos en toda medida de sus posibilidades.
· Esas normas han sido desarrolladas en forma de obligación en convenios que han sido fundamentales dentro y fuera de la organización.

2. Declara que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios, es decir:

· a libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.
· la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
· la abolición efectiva del trabajo infantil.
· la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación

3. Reconoce la obligación de la Organización de ayudar a sus Miembros, en respuesta a las necesidades que hayan establecido y expresado, a alcanzar esos objetivos haciendo pleno uso de sus recursos constitucionales , de funcionamiento y presupuestarios, incluida la movilización de recursos y apoyo externos, así como alentando a otras organizaciones internacionales con las que la OIT ha establecido relaciones, de conformidad con el artículo 12 de su Constitución, a respaldar esos esfuerzos

4. Decide que, para hacer plenamente efectiva la presente Declaración, se pondrá en marcha un seguimiento promocional, que sea creíble y eficaz, con arreglo a las modalidades que se establecen en el anexo que se considerará parte integrante de la Declaración

5. Subraya que las normas de trabajo no deberían utilizarse con fines comerciales proteccionistas y que nada en la presente Declaración y su seguimiento podrá invocarse ni utilizarse de otro modo con dichos fines; además, no debería en modo alguno ponerse en cuestión la ventaja comparativa de cualquier país sobre la base de la presente Declaración y su Seguimiento.

SEGUIMIENTO DE LA DECLARACIÓN

1 objetivo general

1.1 el objetivo es alentar los esfuerzos de los miembros de la organización con vistas a promover las normas consagradas en la constitución de la OIT y la declaración de filadelfia.
1.2 El seguimiento de identificar los ámbitos de la asistencia de la organización, por medio a las actividades, puede resultar útil a sus miembros con el fin de ayudara a regir dichas normas. No pobras cambiar el mecanismo,; por consiguiente en ninguna situación se pobra discutirse.
1.3 El seguimiento anual relativo a los convenios no ratificados solo supondrán ciertos ajustes del articulo19, párrafo 5 de la constitución y el informe global.

2 Seguimiento anual relativo a los convenios fundamentales no ratificados

a) Objetivo y ámbito de la aplicación

1) Es proporcionar una oportunidad de seguimiento anual, sustituyendo el procedimiento introducido en 1995, los esfuerzos desplegados con arreglo a la declaración.
2) El seguimiento abarcara las cuatro áreas de las normas enumeradas en la declaración.

b) Modalidad

1) El seguimiento se basara en las memorias solicitadas. Los formularios de memorias se establecerán para obtener de los gobiernos los cometidos no ratificados acerca de los cambias que hallan tenido .
2) Esas memorias serán examinadas por el consejo de administración.
3) Con el fin de hacer una introducción, que permita llamar la atención sobre los aspectos que necesitan una discusión mas detallada. El consejo de administración deberá nombrar a un grupo de expertos
4) Deberán ajustar el procedimiento en vigor para los miembros que no estén representados, pudieran resultar necesarios para complementar la información de las memorias

3 informe global

a) objetivo y ambiente de aplicación

1) facilita una imagen global y dinámica de cada una de las categorías de normas observada en el periódico cuatrienal anterior
2) el informe tratara sucesivamente cada año de una de las cuatro categorías de normas.

b) Modalidad

1) El informe se realizara bajo la supervisión del director general. Respecto a los países que no han ratificado reposaran en el resultado del seguimiento anual.
2) Este informe será presentado a la conferencia como un informe del director general.la conferencia pobra tratarlo de un modo distinto y pobra hacerlo en una sección separada dedicada exclusivamente a estos informes. Posteriormente, corresponderá al consejo de administración para sacar conclusiones de dicho debate.

4 queda entendido que:

1) el consejo de administración y la conferencia deberán examinar las enmiendas que resulten necesarias a sus reglamentos respectivos para poner en ejecución la disposiciones
2) la conferencia deberá, volver a examinar el funcionamiento del presente seguimiento, con el fin de comprobar si este se ha ajustado convenientemente al objetivo.

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